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¿Funa por redes sociales? El recurso de protección podría salvarte

 

BLOG FUNA (MENÚ)

La Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 30 de junio de 2023 acogió el recurso de protección 1431-2022 interpuesto por una madre en favor de su hija de 14 años, en contra de un ex compañeros de curso, representado legalmente por sus padres, por suplantar la identidad de la menor a través de redes sociales.

En lo medular, el fallo plantea que “la extensión del derecho a expresarse y opinar libremente debe ser ponderada en armonía con -y a la luz de- el derecho que la misma Carta Fundamental le reconoce también a todas las personas en el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política, que garantiza “El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia”, de manera tal que el ejercicio del primero no llegue al punto de vaciar de contenido al segundo -y viceversa- con prescindencia de los límites y controles que impone el Estado de Derecho”.

Luego, señala que “en este caso, se encuentra establecido que el menor (…) utilizó el nombre de (…), a quien conocía por haber sido compañeros en el mismo colegio y curso, para crear una cuenta en la red social Instagram, la que utilizó para interactuar con terceros que conocían también a la menor indicada, pues habían coincidido en el mismo colegio y curso recién mencionados. Se encuentra asentado, además, que al menos en una conversación sostenida por (…) con un tercero utilizando la identidad de (..), se profirieron expresiones de connotación sexual que resultan objetivamente desdorosas y humillantes, puestas en boca de la menor, afectándose con ello su derecho a la honra, reputación y su derecho a la propia imagen”.

Por lo expuesto, la Corte acogió con costas el recurso y ordenó eliminar toda publicación que haya realizado en redes sociales referidas a su ex compañera, dentro de quinto día contado desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Además uno de los Ministros estuvo por disponer la remisión de los antecedentes al Ministerio Público.

¿Qué es el Recurso de Protección?

Es aquella acción que la Constitución concede a todas las personas que como consecuencia de actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufren privación, perturbación o amenaza a sus derechos y garantías constitucionales. El objetivo del recurso es que la Corte de Apelaciones respectiva ordene todas las medidas necesarias para restablecer el derecho vulnerado y asegure su protección. El plazo para presentar este recurso es de 30 días corridos contados desde que ocurre el acto o amenaza que lo motiva o desde que se tuvo conocimiento de dicho acto o amenaza, hecho que debe ser acreditado ante la Corte.

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